viernes, 29 de marzo de 2019

Las leyes dietéticas del Pueblo Judío


Al día siguiente de haber descendido Moisés del Monte Sinaí con las sagradas Tablas de la Ley fue ordenada la construcción del Mishkán o Tabernáculo, después de que se sellara el perdón divino con su pueblo. El hombre había impurificado el mundo con la idolatría al erigir el becerro de oro. Cuando llegó el arrepentimiento, sobrevino de inmediato la orden de levantar el Templo para albergar a la Shejiná o Presencia Divina en la Tierra.
La parashat de esta semana (Shabat Mevarjim) Shemini (Vayikrá 9:11) viene a determinar las leyes dietéticas del Pueblo Judío, dictamina por regla general sobre qué tipo de animal (mamífero, ave o pez) cuya carne es o no apta para consumir,  el compendio básico de las leyes de Kashrut que se mantienen hasta hoy en día. Es una ley de la Torá que no tiene una explicación, pero que es obligada cumplir, porque entronca con el ideal de pureza y con el mandato de ser puros, como lo es el Eterno (Ha’Kadosh Baruj Hu).
Los animales cuya carne es permitida ingerir son aquellos que tengan pezuña partida y sean rumiantes. De los peces, todos aquellos que tengan escamas y aletas, es condición indispensable para su consumo, por lo que están prohibidos los productos del mar que no reúnan tales requisitos. Basta que no cumplan una condición para que sea taref o no apto. También se fijan las aves que son comestibles: gallina, pato, perdiz…, entre otras;  y las que no. De los animales que vuelan están prohibidos el águila, el cuervo, el avestruz, el buitre, el milano, el murciélago, la gaviota… Ni que decir tiene que son abominación los animales que se arrastran por la tierra o los reptiles.
Así pues no es apta para comer la carne del cerdo (todos sus derivados o componentes que pueden aparecer en productos elaborados, manufacturados, o manipulados por gentiles) y los animales de su especie, liebre, conejo y camello, entre otros.

Ideologías antagónicas

Todos los animales permitidos o aptos (kasher/kosher) deben tener la planta del 
pie dividida y ser rumiante. De la interpretación cabalística se infiere, conforme explica el rabí Mordejay Babor, que “estas dos características básicas que poseen los animales permitidos, apuntan-metafóricamente-a lo siguiente: la planta del pie es la que marca el paso a seguir… y rumiar es volver a masticar lo ya ingerido. Existen dos ideologías religiosas opuestas en el mundo gentil. Una-la del Islam-postula la idea radical y obtusa de conservar fanática e irracionalmente las reglas y costumbres de antaño rumiando constantemente lo ya ingerido. La otra-el Cristianismo-reforma frecuentemente sus reglamentos para adecuarlos a las circunstancias de la época y sus conveniencias. Esto último representa la planta del pie dividida porque su ideología se bifurca y se desvía”.
“La primera está simbolizada en el camello-añade-, que rumia constantemente y posee las plantas del pie cerradas. Y la segunda, se refleja en el cerdo, que muestra sus patas hendidas, señal de división y reforma”.
Explica que “lo kosher, es la idea del Judaísmo que propone ambas ideas en conjunto. Es decir, primero y principalmente, preservar firmemente las reglas y tradiciones legadas por nuestros antepasados. Y segundo-y la vez-mantener la mente abierta en una constante actualización-en cada circunstancia y modalidad que presente la sofisticada tecnología moderna-basada siempre en la interpretación raigal de la Torá Oral y con el único fin de conservar la práctica correcta de sus preceptos…”.
El cerdo es el prototipo del taref y, por cierto, el más detestable. Es exactamente igualmente prohibido que los demás. Su odiosa fama proviene, según subraya Babor, porque cuando come extiende sus patas hendidas hacia adelante como mostrando que posee una señal de kasher, mientras oculta su boca entre ellas ocultando el símbolo que lo impugna-no es rumiante-, o sea, es omnívoro. Esta actitud hipócrita lo hace tan repugnante ante el Judaísmo, cuyos principios se basan en la franqueza y la verdad.
En lo que se refiere a la fauna marina (“…todo lo que tiene aletas y escamas…”) no se especifican nombres ni clases, sino que todo se limita a estas dos señales. La razón de esto se remonta a la misma Creación cuando D-s presentó toda la fauna terrestre ante Adam, quien les va poniendo a cada uno su nombre. Sin embargo, no ocurrió lo mismo con la fauna marina, cuyas especies no fueron denominadas por Adam.
La Torá, en lo concerniente a las aves, sólo enumera las prohibidas. Más adelante en el Libro Devarim (11:14) el texto señala que “todo pájaro de especie pura podéis consumir…”.
En el texto bíblico no se especifican las características distintivas de las aves puras, como ocurre en el caso de los animales y los peces. Sin embargo, por tradición se sostiene que existen cuatro indicativos particulares para distinguir las especies permitidas. A saber, no son de rapiña; poseen espolón en sus patas; tienen un buche donde acumulan el alimento ingerido; poseen una membrana interior que se desprende con facilidad, cubre el estómago. No obstante, dada la complejidad para reconocer las mismas y la diversidad de aves que pueblan el planeta-además de la semejanza entre las especies avícolas-se optó por autorizar y catalogar como aptas para el consumo (kasher), únicamente a las especies conocidas a través de los años.
Con respecto a las langostas y sus especies, hay decenas de clases de langostas. La Torá fija como permitidas sólo cuatro especies. Estas últimas, actualmente, no son identificables. Debido a esto no se permite el consumo de ninguna clase.
Cabe destacar y coincidimos con la sabia opinión del rabí Mordejay Babor, que ninguna de las leyes de la Torá ha sido expresada con tanta meticulosidad, precisión y especificaciones como estas normas que marcan la dieta alimenticia del Kashrut.

Fuentes: Harav Mordejai Babour, Jumash HaMerkaz, Documentación propia.