A partir de la puesta del sol del próximo domingo, 24, y a lo largo del lunes 25 de enero de 2016, tiene lugar la celebración del 15 de Shevat, que según nuestra tradición, es el Rosh Hashana o Año Nuevo de los árboles (Tratado de Rosh Hashana 2b). Y es común interpretar que “así como el 1 de Tishri se juzga a los seres humanos y se determina si el próximo será un año de vida o de muerte, de riqueza o pobreza, de la misma forma se juzgan a los árboles y se determina su futuro”. Sin embargo, Marán Ovadia Yosef, z”l, señala, por su parte, que “se trata de un error generalizado pues esto no es así, y el día 15 de Shevat no son juzgados los árboles”. Lo mismo escribe Rabí Haym Nae z”l (rabino de la comunidad Bujara en Jerusalem hace aproximadamente 50 años). Pues la Mishna en el mismo tratado de Rosh Hashana 15b afirma que en Shavuot son juzgados los vegetales y no el 15 de Shevat. Y el motivo por el cual se instituyó el 15 de Shevat como Rosh Hashana de los árboles es que para esa fecha ya transcurrió la mayor parte de la época de lluvias, como lo afirma el mismo Talmud (Rosh Hashana 12ª), y escribe Rashi que el día 15 de Shevat ya ha pasado el tiempo de lluvias, la savia irriga a los árboles y comienza la aparición de los frutos.
La vida misma de Israel está vinculada a la naturaleza y los árboles./RAFAEL BEN-ABRAHAM |
Sin embargo, estos tres años no se cuentan en forma diaria, sino según las
fechas calendario. Por ejemplo, la semilla que fue sembrada antes del
16 de Ab del 5771, 44 días antes del Rosh
Hashana de 5772, cumple este día el primer año de los tres
prohibidos para el fruto. Pues treinta días en el año son considerados como un
año, a lo que se le agregan catorce días para que las semillas echen raíces. A
partir de entonces se cuentan dos años para complementar los tres que
corresponden a esta prohibición de la Torá. Y si plantó la semilla el
año 5771 cuenta otros dos años, 5772, 5773 y el 5774 el fruto que se produzca
será permitido. Sin embargo, el día 15 de Shevat es el Rosh
Hashana de los árboles, por lo tanto los frutos que se hallen en el
árbol el año 5774, el cuarto año de la plantación de la semilla,
no puede hacerse usufructo de los mismos, y solo los frutos que
broten a partir del 16 de Shevat se podrán consumir incluso
sin separar terumá o ma´aser –los diezmos que se separan en la
tierra de Israel-. Los frutos que brotan el cuarto año
son denominados “neta´revai” y pueden ser consumidos sólo en Jerusalem
tras rescatarlos según establece la halajá.
De todas formas, y aún cuando el 15 de Shevat no son juzgados los árboles, escribe Rabi Yosef Hayim de Babel (el Ben Ish Hay) que existe una tradición entre los sabios ashkenazim que se debe pedir este día porque en Sucot se produzca un etrog kasher o kosher y bonito para cumplir con el precepto de la festividad.
De todas formas, y aún cuando el 15 de Shevat no son juzgados los árboles, escribe Rabi Yosef Hayim de Babel (el Ben Ish Hay) que existe una tradición entre los sabios ashkenazim que se debe pedir este día porque en Sucot se produzca un etrog kasher o kosher y bonito para cumplir con el precepto de la festividad.
Les deseamos un ben
séder de T’Bishvat.
Fuente: Halaja
Yomit.