Lectura de la Torá para Shabat 20 Adar Bet 5774
Shabat, 22 de marzo de 2014
SheminiParashat ParáVayikrá 9:11Haftará: Samuel II/6
En esta parashat se dictan y detallan las normas básicas de
Kashrut, entre otros aspectos como los criterios establecidos sobre pureza e impureza. Es decir, establece qué especie animal es apta para el consumo. Las
leyes de Kashrut prescritas en la Torá son determinantes para preservar la
salud y bienestar físico y espiritual del ser humano. “Al observar la lista de
las especies permitidas-comenta el rabí Mordejay Babor-surge de una manera
evidente que sus características comunes que las identifican son aquellas como
su mansedumbre, son domésticas y de alimentación herbívora y, por tanto, no
transmiten crueldad y agresividad feroz”.
Todos los animales permitidos o aptos (kasher/kosher) deben
tener la planta del pie dividida y ser rumiante.
De la
interpretación cabalística se infiere, conforme explica el rabí Mordejay Babor,
que “estas dos características básicas que poseen los animales permitidos,
apuntan-metafóricamente-a lo siguiente: la planta del pie es la que marca el
paso a seguir… y rumiar es volver a masticar lo ya ingerido. Existen dos
ideologías religiosas opuestas en el mundo gentil. Una-la del Islam-postula la
idea radical y obtusa de conservar fanática e irracionalmente las reglas y
costumbres de antaño rumiando constantemente lo ya ingerido. La otra-el
Cristianismo-reforma frecuentemente sus reglamentos para adecuarlos a las
circunstancias de la época y sus conveniencias. Esto último representa la
planta del pie dividida porque su ideología se bifurca y se desvía”.
“La primera
está simbolizada en el camello-añade-, que rumia constantemente y posee las
plantas del pie cerradas. Y la segunda, se refleja en el cerdo, que muestra sus
patas hendidas, señal de división y reforma”.
Explica que
“lo kosher, es la idea del Judaísmo que propone ambas ideas en conjunto. Es
decir, primero y principalmente, preservar firmemente las reglas y tradiciones
legadas por nuestros antepasados. Y segundo-y la vez-mantener la mente abierta
en una constante actualización-en cada circunstancia y modalidad que presente
la sofisticada tecnología moderna-basada siempre en la interpretación raigal de
la Torá Oral y con el único fin de conservar la práctica correcta de sus
preceptos…”.
El cerdo es
el prototipo del taref y, por cierto, el más detestable. Es exactamente
igualmente prohibido que los demás. Su odiosa fama proviene, según subraya
Babor, porque cuando come extiende sus patas hendidas hacia adelante como
mostrando que posee una señal de kasher, mientras oculta su boca entre ellas
ocultando el símbolo que lo impugna-no es rumiante-, o sea, es omnívoro. Esta
actitud hipócrita lo hace tan repugnante ante el Judaísmo, cuyos principios se
basan en la franqueza y la verdad.
En lo que se
refiere a la fauna marina (“…todo lo que tiene aletas y escamas…”) no se
especifican nombres ni clases, sino que todo se limita a estas dos señales. La
razón de esto se remonta a la misma Creación cuando D-s presentó toda la fauna
terrestre ante Adam, quien les va poniendo a cada uno su nombre. Sin embargo,
no ocurrió lo mismo con la fauna marina, cuyas especies no fueron denominadas
por Adam.
La Torá, en lo
concerniente a las aves, sólo enumera las prohibidas. Más adelante en el Libro
Devarim (11:14) el texto señala que “todo pájaro de especie pura podéis
consumir…”.
En el texto
bíblico no se especifican las características distintivas de las aves puras, como
ocurre en el caso de los animales y los peces. Sin embargo, por tradición se
sostiene que existen cuatro indicativos particulares para distinguir las
especies permitidas. A saber, no son de rapiña; poseen espolón en sus patas;
tienen un buche donde acumulan el alimento ingerido; poseen una membrana
interior que se desprende con facilidad, cubre el estómago. No obstante, dada
la complejidad para reconocer las mismas y la diversidad de aves que pueblan el
planeta-además de la semejanza entre las especies avícolas-se optó por
autorizar y catalogar como aptas para el consumo (kasher), únicamente a las
especies conocidas a través de los años.
Con respecto
a las langostas y sus especies, hay decenas de clases de langostas. La Torá
fija como permitidas sólo cuatro especies. Estas últimas, actualmente, no son
identificables. Debido a esto no se permite el consumo de ninguna clase.
Cabe destacar y coincidimos con la sabia opinión del rabí
Mordejay Babor, que ninguna de las leyes de la Torá ha sido expresada con tanta
meticulosidad, precisión y especificaciones como estas normas que marcan la
dieta alimenticia del Kashrut.