miércoles, 19 de marzo de 2014

Las leyes básicas de Kashrut para la salud física y espiritual



Lectura de la Torá para Shabat 20 Adar Bet 5774

Shabat, 22 de marzo de 2014
Shemini
Parashat Pará
Vayikrá 9:11
Haftará: Samuel II/6
En esta parashat se dictan y detallan las normas básicas de Kashrut, entre otros aspectos como los criterios establecidos sobre pureza e impureza. Es decir, establece qué especie animal es apta para el consumo. Las leyes de Kashrut prescritas en la Torá son determinantes para preservar la salud y bienestar físico y espiritual del ser humano. “Al observar la lista de las especies permitidas-comenta el rabí Mordejay Babor-surge de una manera evidente que sus características comunes que las identifican son aquellas como su mansedumbre, son domésticas y de alimentación herbívora y, por tanto, no transmiten crueldad y agresividad feroz”.

Todos los animales permitidos o aptos (kasher/kosher) deben tener la planta del pie dividida y ser rumiante.
De la interpretación cabalística se infiere, conforme explica el rabí Mordejay Babor, que “estas dos características básicas que poseen los animales permitidos, apuntan-metafóricamente-a lo siguiente: la planta del pie es la que marca el paso a seguir… y rumiar es volver a masticar lo ya ingerido. Existen dos ideologías religiosas opuestas en el mundo gentil. Una-la del Islam-postula la idea radical y obtusa de conservar fanática e irracionalmente las reglas y costumbres de antaño rumiando constantemente lo ya ingerido. La otra-el Cristianismo-reforma frecuentemente sus reglamentos para adecuarlos a las circunstancias de la época y sus conveniencias. Esto último representa la planta del pie dividida porque su ideología se bifurca y se desvía”.
“La primera está simbolizada en el camello-añade-, que rumia constantemente y posee las plantas del pie cerradas. Y la segunda, se refleja en el cerdo, que muestra sus patas hendidas, señal de división y reforma”.
Explica que “lo kosher, es la idea del Judaísmo que propone ambas ideas en conjunto. Es decir, primero y principalmente, preservar firmemente las reglas y tradiciones legadas por nuestros antepasados. Y segundo-y la vez-mantener la mente abierta en una constante actualización-en cada circunstancia y modalidad que presente la sofisticada tecnología moderna-basada siempre en la interpretación raigal de la Torá Oral y con el único fin de conservar la práctica correcta de sus preceptos…”.
El cerdo es el prototipo del taref y, por cierto, el más detestable. Es exactamente igualmente prohibido que los demás. Su odiosa fama proviene, según subraya Babor, porque cuando come extiende sus patas hendidas hacia adelante como mostrando que posee una señal de kasher, mientras oculta su boca entre ellas ocultando el símbolo que lo impugna-no es rumiante-, o sea, es omnívoro. Esta actitud hipócrita lo hace tan repugnante ante el Judaísmo, cuyos principios se basan en la franqueza y la verdad.
En lo que se refiere a la fauna marina (“…todo lo que tiene aletas y escamas…”) no se especifican nombres ni clases, sino que todo se limita a estas dos señales. La razón de esto se remonta a la misma Creación cuando D-s presentó toda la fauna terrestre ante Adam, quien les va poniendo a cada uno su nombre. Sin embargo, no ocurrió lo mismo con la fauna marina, cuyas especies no fueron denominadas por Adam.
La Torá, en lo concerniente a las aves, sólo enumera las prohibidas. Más adelante en el Libro Devarim (11:14) el texto señala que “todo pájaro de especie pura podéis consumir…”.
En el texto bíblico no se especifican las características distintivas de las aves puras, como ocurre en el caso de los animales y los peces. Sin embargo, por tradición se sostiene que existen cuatro indicativos particulares para distinguir las especies permitidas. A saber, no son de rapiña; poseen espolón en sus patas; tienen un buche donde acumulan el alimento ingerido; poseen una membrana interior que se desprende con facilidad, cubre el estómago. No obstante, dada la complejidad para reconocer las mismas y la diversidad de aves que pueblan el planeta-además de la semejanza entre las especies avícolas-se optó por autorizar y catalogar como aptas para el consumo (kasher), únicamente a las especies conocidas a través de los años.
Con respecto a las langostas y sus especies, hay decenas de clases de langostas. La Torá fija como permitidas sólo cuatro especies. Estas últimas, actualmente, no son identificables. Debido a esto no se permite el consumo de ninguna clase.
Cabe destacar y coincidimos con la sabia opinión del rabí Mordejay Babor, que ninguna de las leyes de la Torá ha sido expresada con tanta meticulosidad, precisión y especificaciones como estas normas que marcan la dieta alimenticia del Kashrut.