domingo, 6 de septiembre de 2015

Recitado de Selihot sin minián

En nuestra edición actualizada exponemos la cuestión formulada en la Halacha Yomit sobre si se puede recitar los Selihot de forma individual o en privado, sin minián. Es decir, si está o no permitido recitarla personalmente, en el caso de que no pueda hacerlo en público.
La persona puede a recitar los Selihot en forma individual, sin contar con un quórum de diez personas (y los pronuncia en los horarios apropiados, después del mediodía o después de la medianoche, como lo aclaramos el año anterior en las leyes referentes al momento apropiado para pronunciar los Selihot), y es de hecho una práctica positiva, pues, como dice el versículo: Quién como el Eterno, nuestro D-os, en todo aquello que le clamamos, ya que también la plegaria individual es oída por el Eterno, y los Selihot no son sino plegarias y súplicas que realizamos ante el Todopoderoso para que nos conduzca hacia una auténtica Teshubá y perdone nuestros pecados y nos inscriba en los libros de un buen año. Sin embargo, existen párrafos de los Selihot que no deben ser pronunciados si no se cuenta con un Minian –quórum-.

Con respecto a los 13 atributos de D-os (El Rahum Vehanun, erej,….) si es posible pronunciarlos en forma individual, cita el Sidur –libro de plegarias- de Rab Amram Gaón z”l (se trata del libro de plegarias más antiguo que se conoce), en nombre de Rab Natan Gaón, que no deben pronunciarse estos trece atributos sino con un Minian de diez personas, pues D-os pactó una alianza con Moshe y los patriarcas que el recitado de estos trece atributos no sería en vano; y cuando la comunidad se reúne y piden clemencia del Eterno vertiendo sus corazones ante El, ayunan y realizan caridad, el Todopoderoso se apiada de ellos y no rechaza sus ruegos. Por ello, en forma individual, o sea si no se cuenta con un quórum de diez personas, no deben ser pronunciados, ya que en este caso no aplica la alianza que hiciera el Eterno con los patriarcas. Así lo dictaminan también otras numerosas autoridades rabínicas y así lo afirma Marán Bet Yosef (Rab. Yosef Caro z”l), que es costumbre generalizada no recitar los diez atributos en forma individual como lo legislara Rab Natan Gaón.Sin embargo, escribe Maran en el Shuljan Aruj que también pueden pronunciarse los trece atributos en forma individual si se lo hace con los ta´ame hamikra –entonaciones musicales de la Torá-, pues la prohibición de pronunciarlos rige exclusivamente si lo hace en forma de plegaria o ruego, ya que las palabras de la Torá no deben ser utilizadas como súplicas, sin embargo si los pronuncia con la entonación de la Torá, como si estuviera leyendo en la misma, no existe restricción alguna. Y lo dictamina –el Shuljan Aruj- así según lo legislado por el Rashb”a –en sus responsas-, quien escribe que no deben recitarse los trece atributos en forma de plegaria y súplicas, como cita el Talmud (Rosh Hashaná 17b): Se envolvió el Eterno en un mano, como lo hace el oficiante, ante Moshe y le dijo: Todo momento en que el pueblo de Israel procedan de esta forma, disculparé sus pecados. Sin embargo, si la persona desea pronunciarlos en forma individual en la forma en que son leídos en la Torá, como una simple lectura de la misma, no existe restricción alguna. Así también lo dictamina Rab Ovadiá Yosef, z”l.  De lo anterior se aprende que los trece atributos que aparecen en los Selihot (así como en el texto de las súplicas –Anna- que se pronuncian diariamente- no deben pronunciarse en forma individual, aunque si desea hacerlo con la entonación de la Torá podrá hacerlo ya que de esa manera no existe prohibición alguna, como dictamina Rab. Hid”a en su obra Bique Yosef. Con respecto a los párrafos de los Selihot redactados en arameo, por ej. Rahamana, De´ane La´anie, etc. también citan las autoridades rabínicas que no deben ser pronunciados, y así dictamina Rab. Ovadiá Yosef, z”l, en su obra Hazon Ovadiá (Yamim Noraim folio 11). El motivo de ello es que en tanto los hijos de Israel se hallan reunidos, la divinidad posa sobre ellos y no necesitan de los ángeles celestiales para que acudan en su ayuda a fin de que sean recibidas sus plegarias. Sin embargo, el individuo de Israel que no se halla presente en un Minian no cuenta con la presencia de la divinidad y por lo tanto requiere de la ayuda de los ángeles celestiales para que sus ruegos sean aceptados, como se infiere del Talmud (Shabbat 12b). Y debido a que los ángeles celestiales no comprenden el idioma arameo, no debe el individuo pedir por sus necesidades en legua aramea, sino debe hacerlo en la legua sagrada, el hebreo. Por lo tanto concluimos, que la persona no debe pronunciar en forma individual los párrafos de los Selihot redactados en arameo si no cuenta con un Minian de diez persona para convocar la presencia de la Shejináy hacer que sus plegarias sean oídas. En síntesis, es permitido pronunciar los Selihot en forma individual, tanto el hombre como la mujer, sin embargo no deben recitar los trece atributos que aparecen allí (A-A- El Rahum Vehanun, Erej Hapaim…), y tampoco deben pronunciar los párrafos redactados en arameo más arriba citados.
El Eterno, bendito sea, oiga nuestras plegarias y responda nuestros ruegos y colme todos los pedidos de nuestros corazones.
Fuente: Halacha Yomit.
Adaptación del texto: Rafael Ben-Abraham Barreto.